¿QUÉ CONDUCTAS SON CONSIDERADAS TRASTORNOS ALIMENTARIOS Y DE LA INGESTIÓN DE ALIMENTOS?
Estos
trastornos de carácter psíquico se encuentran definidos en el Manual
diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales ( Diagnostic
and Statistical Manual of Mental Disorders, DSM) de la Asociación Estadounidense de Psiquiatría (American
Psychiatric Association, o APA) contiene una clasificación de los trastornos
mentales y proporciona descripciones claras de las categorías diagnósticas. La
edición vigente es la quinta, DSM-5, publicada el 18 de mayo de 2013.
El
DSM-V señala los siguientes Trastornos alimentarios y de la ingestión de alimentos:
- Pica
- Trastorno de rumiación
(307.53).
- Trastorno de
evitación/restricción de la ingestión de alimentos (307.59).
- Anorexia nerviosa
(307.59).
- Bulimia nerviosa (307.51).
- Trastorno de atracones
(307.51).
- Otro trastorno alimentario
o de la ingestión de alimentos especificado (307.59).
- Trastorno alimentario o de
la ingestión de alimentos no especificado (307.50)
A continuación describiremos cada uno de ellos:
PICA: Ingestión
de materia no comestible, durante un periodo mínimo de un mes. Este
comportamiento alimenticio no es apropiado ni aceptado culturalmente. Si esta
práctica se produce en el contexto de otro trastorno mental (Ej. Trastorno del
desarrollo intelectual o afección médica (incluido el embarazo) es
suficientemente grave para justificar la atención clínica adicional.
TRASTORNO DE RUMICACIÓN: Consiste en la regurgitación del alimento desde el
estómago hasta la boca, para masticarlo de nuevo y tragarlo otra vez, durante
un periodo mínimo de un mes. La regurgitación repetida no se puede
atribuir a una afección gastrointestinal
asociada u otra afección médica. Este trastorno no se produce en el curso de la
anorexia nerviosa, la bulimia nerviosa o el trastorno de restricción de la
ingestión de alimentos. Si los síntomas se producen en el contexto de otro
trastorno mental, son suficientemente graves para justificar atención clínica
adicional.
TRASTORNO DE
EVITACIÓN/RESTRICCIÓN DE LA INGESTIÓN DE ALIMENTOS: Trastorno
alimentario o de la ingestión de alimentos que se pone de manifiesto por el
fracaso persistente para cumplir las adecuadas necesidades nutritivas y/o
energéticas asociadas a uno (o más) de los hechos siguientes:
- Pérdida
de peso significativa.
- Deficiencia
nutritiva significativa.
- Dependencia
de la nutrición artificial o de suplementos nutritivos por vía oral.
- Interferencia
importante en el funcionamiento psicosocial.
El
trastorno no se da en situaciones de falta de alimentos disponibles o por una
práctica culturalmente aceptada. Tampoco se produce exclusivamente en casos de
anorexia nerviosa o la bulimia nerviosa.
ANOREXIA NERVIOSA: Restricción
de la ingesta energética en relación con las necesidades, que conduce a un peso
corporal significativamente bajo con relación a la edad, el sexo, el curso del
desarrollo y la salud física. Las personas que padecen este trastorno presentan
un miedo intenso a ganar peso o un
comportamiento persistente que interfiere en el aumento de peso (incluso con un
peso significativamente bajo). También muestran una alteración en la forma en
que ellos mismos perciben su propio peso y/o una falta persistente de
reconocimiento de la gravedad de su peso corporal bajo.
Existen
dos grados de diagnóstico:
- Tipo restrictivo:
durante los últimos tres meses, el individuo no ha tenido episodios
recurrentes de atracones o purgas. Este tipo describe presentaciones en la
que la pérdida de peso es debida, sobre todo, a la dieta, el ayuno y/o el
ejercicio excesivo.
- Tipo
con atracones/purgas: Durante los últimos tres meses, el
individuo ha tenido episodios recurrentes de atracones o purgas.
La
gravedad de este trastorno se mide, en los adultos, en el índice de masa
corporal (IMC) o, en niños y adolescentes en el percentil del IMC. Los datos de
IMC están establecidos por la Organización Mundial de la Salud y son los siguientes:
Leve:
IMC
≥ 17 kg/m2
Moderado:
IMC
16–16,99 kg/m2
Grave:
IMC
15–15,99 kg/m2
Extremo:
IMC
< 15 kg/m2
BULIMIA NERVIOSA: Supone:
A.
Episodios recurrentes de atracones que se caracterizan por la ingestión en un
periodo determinado (p.ej., 2 horas) de una cantidad de alimentos, superior a
lo que ingeriría una persona en un período similar en circunstancias parecidas
y una sensación de falta de control sobre lo que se ingiere durante el
episodio.
B.
Comportamientos compensatorios inapropiados recurrentes para evitar el aumento
de peso (vómito auto-provocado, uso de laxantes y diuréticos u otros
medicamentos, el ayuno o el ejercicio excesivo).
C.
Los atracones y los comportamientos compensatorios inapropiados se producen, de
promedio, al menos una vez a la semana durante tres meses.
D.
La autoevaluación se ve indebidamente influida por la constitución y el peso
corporal.
E.
La alteración no se produce exclusivamente durante los episodios de anorexia
nerviosa.
La
gravedad mínima se basa en la frecuencia de comportamientos compensatorios
inapropiados. La gravedad puede aumentar para reflejar otros síntomas y el
grado de discapacidad funcional. Va de leve (un promedio 1 a 3 comportamientos
compensatorios a la semana) a extrema (un promedio 14 comportamientos
compensatorios a la semana).
TRASTORNO DE ATRACONES: Episodios
recurrentes de atracones que se caracterizan por la ingestión, en un periodo
determinado (p.ej., 2 horas), de una cantidad de alimentos superior a la que la
mayoría de las personas ingerirían en un período similar, en circunstancias
parecidas, y la sensación de falta de control sobre lo que se ingiere durante
el episodio. Los episodios de atracones se asocian a tres (o más) de los hechos
siguientes:
- Comer mucho más
rápidamente de lo normal.
- Comer hasta sentirse
desagradablemente lleno.
- Comer grandes cantidades
de alimentos cuando no se siente hambre físicamente.
- Comer solo debido a la
vergüenza que se siente por la cantidad que se ingiere.
- Sentirse luego a disgusto
con uno mismo, deprimido o muy avergonzado.
Produce
un malestar intenso respecto a los atracones. Los atracones se producen, de
promedio, al menos una vez a la semana durante tres meses. El atracón no se
asocia a la presencia recurrente de un comportamiento compensatorio inapropiado.
La
gravedad mínima se basa en la frecuencia de los episodios de atracones que
puede aumentar para reflejar otros síntomas y el grado de discapacidad
funcional. Va de leve (1 a 3 atracones a la semana) a extrema (14 o más
atracones a la semana).
OTRO TRASTORNO ALIMENTARIO O
DE LA INGESTIÓN DE ALIMENTOS ESPECIFICADO:
La
categoría de otro trastorno alimentario y de la ingestión de alimentos
especificado se utiliza en situaciones en las que el clínico opta por comunicar
el motivo específico por el que la presentación no cumple los criterios para un
trastorno alimentario y de la ingestión de alimentos específico. Esto se hace
registrando “otro trastorno alimentario y de la ingestión de alimentos
especificado” seguido del motivo específico (p. ej., “bulimia nerviosa de
frecuencia baja”).
Algunos
ejemplos de presentaciones que se pueden especificar utilizando la designación
“otro especificado” son los siguientes:
1. Anorexia
nerviosa atípica: Se cumplen todos los criterios para la anorexia nerviosa,
excepto que el peso del individuo, a pesar de la pérdida de peso significativa,
está dentro o por encima del intervalo normal.
2. Bulimia
nerviosa (de frecuencia baja y/o duración limitada): Se cumplen todos los
criterios para la bulimia nerviosa, excepto que los atracones y los
comportamientos inapropiados se producen, de promedio, menos de una vez a la
semana y/o menos de tres meses.
3. Trastorno
por atracón (de frecuencia baja y/o duración limitada): Se cumplen todos
los criterios para el trastorno por atracones, excepto que los atracones, se
producen, de promedio, menos de una vez a la semana y/o durante menos de tres
meses.
4. Trastorno
por purgas: Comportamiento de purgas recurrentes para influir en el peso o
la constitución (p. ej., vómito auto provocado; uso incorrecto de laxantes,
diuréticos u otros medicamentos) en ausencia de atracones.
5. Síndrome
de ingestión nocturna de alimentos: Episodios recurrentes de ingestión de
alimentos por la noche, que se manifiesta por la ingestión de alimentos al
despertarse del sueño o por un consumo excesivo de alimentos después de cenar. La
ingestión nocturna de alimentos causa malestar significativo y/o problemas del
funcionamiento, y no se puede atribuir a otro trastorno médico o a un efecto de
la medicación.
TRASTORNO ALIMENTARIO O DE
LA INGESTIÓN DE ALIMENTOS NO ESPECIFICADO: La
categoría del trastorno alimentario o de la ingestión de alimentos no
especificado se utiliza en situaciones en las que el clínico opta por no especificar
el motivo de incumplimiento de los criterios de un trastorno alimentario y de
la ingestión de alimentos específico, e incluye presentaciones en las que no
existe suficiente información para hacer un diagnóstico más específico (p. ej.,
en servicios de urgencias).
VÍDEO "CARTA A ANA": COMO PERSONALIZAN LAS PERSONAS QUE PADECEN ANOREXIA NERVIOSA A SU ENFERMEDAD.
VÍDEO "CARTA A ANA": COMO PERSONALIZAN LAS PERSONAS QUE PADECEN ANOREXIA NERVIOSA A SU ENFERMEDAD.