miércoles, 4 de marzo de 2015

¿QUÉ CONDUCTAS SON CONSIDERADAS TRASTORNOS ALIMENTARIOS Y DE LA INGESTIÓN DE ALIMENTOS?
Estos trastornos de carácter psíquico se encuentran definidos en el Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales ( Diagnostic and Statistical Manual of Mental DisordersDSM) de la Asociación Estadounidense de Psiquiatría (American Psychiatric Association, o APA) contiene una clasificación de los trastornos mentales y proporciona descripciones claras de las categorías diagnósticas. La edición vigente es la quinta, DSM-5, publicada el 18 de mayo de 2013.


El DSM-V señala los siguientes Trastornos alimentarios y de la ingestión de alimentos: 
  • Pica
  • Trastorno de rumiación (307.53).
  • Trastorno de evitación/restricción de la ingestión de alimentos (307.59).
  • Anorexia nerviosa (307.59).
  • Bulimia nerviosa (307.51).
  • Trastorno de atracones (307.51).
  • Otro trastorno alimentario o de la ingestión de alimentos especificado (307.59).
  • Trastorno alimentario o de la ingestión de alimentos no especificado (307.50)

A continuación describiremos cada uno de ellos:

PICA: Ingestión de materia no comestible, durante un periodo mínimo de un mes. Este comportamiento alimenticio no es apropiado ni aceptado culturalmente. Si esta práctica se produce en el contexto de otro trastorno mental (Ej. Trastorno del desarrollo intelectual o afección médica (incluido el embarazo) es suficientemente grave para justificar la atención clínica adicional.


TRASTORNO DE RUMICACIÓN: Consiste en la regurgitación del alimento desde el estómago hasta la boca, para masticarlo de nuevo y tragarlo otra vez, durante un periodo mínimo de un mes. La regurgitación repetida no se puede atribuir a una afección gastrointestinal asociada u otra afección médica. Este trastorno no se produce en el curso de la anorexia nerviosa, la bulimia nerviosa o el trastorno de restricción de la ingestión de alimentos. Si los síntomas se producen en el contexto de otro trastorno mental, son suficientemente graves para justificar atención clínica adicional.

TRASTORNO DE EVITACIÓN/RESTRICCIÓN DE LA INGESTIÓN DE ALIMENTOS: Trastorno alimentario o de la ingestión de alimentos que se pone de manifiesto por el fracaso persistente para cumplir las adecuadas necesidades nutritivas y/o energéticas asociadas a uno (o más) de los hechos siguientes:
  • Pérdida de peso significativa.
  • Deficiencia nutritiva significativa.
  • Dependencia de la nutrición artificial o de suplementos nutritivos por vía oral.
  • Interferencia importante en el funcionamiento psicosocial.
El trastorno no se da en situaciones de falta de alimentos disponibles o por una práctica culturalmente aceptada. Tampoco se produce exclusivamente en casos de anorexia nerviosa o la bulimia nerviosa.

ANOREXIA NERVIOSA: Restricción de la ingesta energética en relación con las necesidades, que conduce a un peso corporal significativamente bajo con relación a la edad, el sexo, el curso del desarrollo y la salud física. Las personas que padecen este trastorno presentan un miedo intenso a ganar peso  o un comportamiento persistente que interfiere en el aumento de peso (incluso con un peso significativamente bajo). También muestran una alteración en la forma en que ellos mismos perciben su propio peso y/o una falta persistente de reconocimiento de la gravedad de su peso corporal bajo.
Existen dos grados de diagnóstico:
  • Tipo restrictivo: durante los últimos tres meses, el individuo no ha tenido episodios recurrentes de atracones o purgas. Este tipo describe presentaciones en la que la pérdida de peso es debida, sobre todo, a la dieta, el ayuno y/o el ejercicio excesivo.
  • Tipo con atracones/purgas: Durante los últimos tres meses, el individuo ha tenido episodios recurrentes de atracones o purgas.
La gravedad de este trastorno se mide, en los adultos, en el índice de masa corporal (IMC) o, en niños y adolescentes en el percentil del IMC. Los datos de IMC están establecidos por la Organización Mundial de la Salud y son los siguientes:
Leve: IMC ≥ 17 kg/m2
Moderado: IMC 16–16,99 kg/m2
Grave: IMC 15–15,99 kg/m2
Extremo: IMC < 15 kg/m2

BULIMIA NERVIOSA: Supone:
A. Episodios recurrentes de atracones que se caracterizan por la ingestión en un periodo determinado (p.ej., 2 horas) de una cantidad de alimentos, superior a lo que ingeriría una persona en un período similar en circunstancias parecidas y una sensación de falta de control sobre lo que se ingiere durante el episodio.
B. Comportamientos compensatorios inapropiados recurrentes para evitar el aumento de peso (vómito auto-provocado, uso de laxantes y diuréticos u otros medicamentos, el ayuno o el ejercicio excesivo).
C. Los atracones y los comportamientos compensatorios inapropiados se producen, de promedio, al menos una vez a la semana durante tres meses.
D. La autoevaluación se ve indebidamente influida por la constitución y el peso corporal.
E. La alteración no se produce exclusivamente durante los episodios de anorexia nerviosa.
La gravedad mínima se basa en la frecuencia de comportamientos compensatorios inapropiados. La gravedad puede aumentar para reflejar otros síntomas y el grado de discapacidad funcional. Va de leve (un promedio 1 a 3 comportamientos compensatorios a la semana) a extrema (un promedio 14 comportamientos compensatorios a la semana).




TRASTORNO DE ATRACONES: Episodios recurrentes de atracones que se caracterizan por la ingestión, en un periodo determinado (p.ej., 2 horas), de una cantidad de alimentos superior a la que la mayoría de las personas ingerirían en un período similar, en circunstancias parecidas, y la sensación de falta de control sobre lo que se ingiere durante el episodio. Los episodios de atracones se asocian a tres (o más) de los hechos siguientes:
  1. Comer mucho más rápidamente de lo normal.
  2. Comer hasta sentirse desagradablemente lleno.
  3. Comer grandes cantidades de alimentos cuando no se siente hambre físicamente.
  4. Comer solo debido a la vergüenza que se siente por la cantidad que se ingiere.
  5. Sentirse luego a disgusto con uno mismo, deprimido o muy avergonzado.

Produce un malestar intenso respecto a los atracones. Los atracones se producen, de promedio, al menos una vez a la semana durante tres meses. El atracón no se asocia a la presencia recurrente de un comportamiento compensatorio inapropiado.
La gravedad mínima se basa en la frecuencia de los episodios de atracones que puede aumentar para reflejar otros síntomas y el grado de discapacidad funcional. Va de leve (1 a 3 atracones a la semana) a extrema (14 o más atracones a la semana).


OTRO TRASTORNO ALIMENTARIO O DE LA INGESTIÓN DE ALIMENTOS ESPECIFICADO: La categoría de otro trastorno alimentario y de la ingestión de alimentos especificado se utiliza en situaciones en las que el clínico opta por comunicar el motivo específico por el que la presentación no cumple los criterios para un trastorno alimentario y de la ingestión de alimentos específico. Esto se hace registrando “otro trastorno alimentario y de la ingestión de alimentos especificado” seguido del motivo específico (p. ej., “bulimia nerviosa de frecuencia baja”).
Algunos ejemplos de presentaciones que se pueden especificar utilizando la designación “otro especificado” son los siguientes:
1. Anorexia nerviosa atípica: Se cumplen todos los criterios para la anorexia nerviosa, excepto que el peso del individuo, a pesar de la pérdida de peso significativa, está dentro o por encima del intervalo normal.
2. Bulimia nerviosa (de frecuencia baja y/o duración limitada): Se cumplen todos los criterios para la bulimia nerviosa, excepto que los atracones y los comportamientos inapropiados se producen, de promedio, menos de una vez a la semana y/o menos de tres meses.
3. Trastorno por atracón (de frecuencia baja y/o duración limitada): Se cumplen todos los criterios para el trastorno por atracones, excepto que los atracones, se producen, de promedio, menos de una vez a la semana y/o durante menos de tres meses.
4. Trastorno por purgas: Comportamiento de purgas recurrentes para influir en el peso o la constitución (p. ej., vómito auto provocado; uso incorrecto de laxantes, diuréticos u otros medicamentos) en ausencia de atracones.
5. Síndrome de ingestión nocturna de alimentos: Episodios recurrentes de ingestión de alimentos por la noche, que se manifiesta por la ingestión de alimentos al despertarse del sueño o por un consumo excesivo de alimentos después de cenar. La ingestión nocturna de alimentos causa malestar significativo y/o problemas del funcionamiento, y no se puede atribuir a otro trastorno médico o a un efecto de la medicación.

TRASTORNO ALIMENTARIO O DE LA INGESTIÓN DE ALIMENTOS NO ESPECIFICADO: La categoría del trastorno alimentario o de la ingestión de alimentos no especificado se utiliza en situaciones en las que el clínico opta por no especificar el motivo de incumplimiento de los criterios de un trastorno alimentario y de la ingestión de alimentos específico, e incluye presentaciones en las que no existe suficiente información para hacer un diagnóstico más específico (p. ej., en servicios de urgencias).

VÍDEO "CARTA A ANA": COMO PERSONALIZAN LAS PERSONAS QUE PADECEN ANOREXIA NERVIOSA A SU ENFERMEDAD.